La Agencia Tributaria (AEAT) sigue haciendo oídos sordos a las continuas resoluciones del Tribunal Económico Administrativo (TEAR) que una y otra vez está anulando las sanciones impuestas a contribuyentes, la mayoría de las veces por falta de motivación del expediente sancionador.
Que quiere decir esto? Pues que si Hacienda detecta que Ud. ha cometido algún error (p.e. aplicó en su declaración de Renta una deducción que no le pertenecía, presentó una declaración fuera de plazo, solicitó más devolución de la que le pertenecía, etc. etc.) efectuará la correspondiente regularización cobrándole lo ingresado de menos o abonandole menos de lo que Ud. solicitó PERO ADEMAS automáticamente le sancionará.
Pues bien, esta sanción tiene que estar (así lo exige el Tribunal Supremo) MOTIVADA, no basta con que la AEAT aplique la relación causa – efecto como habitualmente hace (declaración errónea pues multa automática), tiene que demostrar que Ud. ha actuado con intencionalidad o negligentemente, lo cual le haría acreedor a la sanción.
Nuestra experiencia en sanciones de este tipo nos dice, que si se recurren, en un 70% de los casos son anuladas por el Tribunal Económico Administrativo, lo cual nos lleva a preguntarnos ¿No se da cuenta la AEAT de que lo está haciendo mal? y si es así ¿porqué siguen sancionando?, la única explicación que se nos ocurre es que habrá una cantidad mucho mayor de contribuyentes que por el riesgo de pagar un 25% más (lo que te descuentan si no recurres) pagan y punto.
Nuestro consejo es que recurran, tanto si la sanción es grande como si es mínima (100€), les aseguro que habrá merecido la pena.
Buenas tardes,
Efectivamente, el buen consejo es recurrir la multa. Les dejo otro artículo que también me ha resultado interesante sobre «Cómo recurrir las multas de Hacienda»:
http://www.captio.net/blog/multas-hacienda-como-recurrirlas
Espero que les sirva,
¡Un saludo!