REGALOS DE EMPRESA (IVA NO DEDUCIBLE)
Si su empresa obsequia a clientes con algún regalo, el IVA soportado en estos NO es deducible, salvo que estos incorporen el LOGO o datos de su Empresa, en ese caso podrá deducir el IVA siempre que el precio de los obsequios no exceda de 90,15€.
Si Ud. tiene que hacer un regalo de mayor precio o no desea incluir el logo, lo más económico es regalar productos que tributen al tipo reducido, como por ejemplo un lote de productos ibéricos que tributan al 10%.